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Choferes de colectivo deberán apagar sus celulares al conducir

chofer celular

Los choferes de transporte de pasajeros de la provincia de Buenos Aires deberán por ley apagar sus teléfonos celulares mientras estén en servicio y deberán guardarlos en un lugar lejos de su alcance.

La medida fue dictada en la disposición 1977 de la dirección provincial de Transporte del ministerio de Infraestructura bonaerense. Tiene como objetivo “disminuir los factores distractores que favorecen el riesgo de siniestros viales en el ámbito de la provincia de Buenos Aires”.

La norma entrará en vigencia hoy, y para los que no la cumplan ” acarreará la suspensión de la licencia provincial habilitante por el plazo que al autoridad determine”

En el caso de reiterarse la infracción se efectuará “la exclusión del registro de Licencia Provincial Habilitante”.

“La siniestralidad constatada en los corredores viales es la resultante de diversos factores predeterminados y evitables, tal como el que se vislumbra frente a la utilización de dispositivos de comunicación móvil por los conductores afectados a los servicios de autotransporte”, fundamenta la medida.

En el artículo 1 de la disposición se “la obligatoriedad de colocar sus elementos de comunicación móvil en modo apagado, y depositarlos en un sitio especialmente dispuesto dentro de la unidad, de modo tal que los mismos se encuentren fuera del alcance”.

En caso de siniestro vial o denuncia efectuada por usuarios “las empresas prestadoras de servicios de autotransportes de pasajeros deberán informar los números de líneas de telefonía celular del o los conductores que se encontraban a cargo del servicio”.

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